Cuando se produzca el deceso de un jubilado del SIPA, la viuda, viudo o conviviente podrán iniciar el trámite de pensión del causante por Internet. Éste deberá efectuarse dentro de los cuatro meses de la fecha de fallecimiento del titular, ingresando a www.anses.gob.ar, sección "Trámites en línea", previo a contar con la Clave de la Seguridad Social, la cual será requerida.
Transcurrido ese plazo, se debe solicitar un turno para iniciar la gestión en una delegación de ANSES. Esto puede hacerse por Internet o llamando a la línea de atención gratuita 130 (opción 2).
En el caso de las convivencias, deberán acreditar haber vivido públicamente en aparente matrimonio, durante por lo menos cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento, plazo que se reduce a dos años cuando existen hijos reconocidos por ambos convivientes.
Asimismo, ANSES informa que hoy, 31 de agosto, no cobra ningún grupo.



