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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 15/jul/2012 de La Auténtica Defensa.

El oficialismo hizo uso del voto doble del Presidente del HCD para rechazar Ordenanza
Rechazó de ese modo la aprobación de una Ordenanza de la Concejal Paola Cano




Mediante el Decreto Nº 1192 de fecha 02 de julio, el Departamento Ejecutivo Municipal vetó la Ordenanza que establecía la publicación de los indicadores de aire a través de la página web oficial del municipio. Dicha Ordenanza, había sido aprobada unánimemente por el Concejo Deliberante en la Sesión Ordinaria del 14 de Junio pasado.

Consultada al respecto, la edil manifestó que: "El objetivo de la Ordenanza vetada no era otro más que el de otorgar a los vecinos la posibilidad de acceder - mediante la página web oficial del municipio - a la información acerca de la calidad del aire que respiramos. El acceso a la información pública ambiental es un derecho constitucional de los denominados "derechos de tercera generación". El Art. 41 de nuestra Constitución Nacional establece el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano, así como la obligación de las autoridades de proveer a la información y educación ambientales. Por su parte, el Art. 28 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires garantiza el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales".

"Los fundamentos del decreto por el cual se vetó la Ordenanza son débiles y contradictorios, al igual que los expresados por el bloque del PJ-Frente para la Victoria en la última sesión, en la que todos los concejales de la oposición votamos a favor de la insistencia en la aprobación de la ordenanza, a pesar del veto del Ejecutivo mencionado" expresó la Dra. Cano.

"El oficialismo, por un lado destaca su intención de brindar información dentro del marco de la legalidad y de la certeza, sin ánimo de negar el acceso a esa información; sin embargo, por otro lado veta una norma que permite - justamente - el ejercicio por parte de nuestros vecinos del derecho constitucional al acceso de la información pública ambiental".

Recordó la Concejal que "existe un Convenio suscripto en el año 2007 referente al "Programa de Monitoreo continuo de calidad de aire de Zárate-Campana". Mediante dicho convenio las industrias integrantes del CICACZ (Comité Interindustrial de Conservación del Ambiente Campana-Zárate) han establecido una red de monitoreo continuo de calidad de aire, dotando al Municipio de una estación meteorológica con la posibilidad de ampliar esa red.

Las autoridades del CICAZC que muy amablemente se hicieron presentes en la Comisión de Medio Ambiente y Salud explicaron el funcionamiento de los equipos de avanzada tecnología con los que cuentan para la medición de la calidad del aire; sin embargo - y a pesar de la existencia del Convenio en el que el Municipio es parte - para el Departamento Ejecutivo los informes de monitoreo de calidad de aire pueden inducir a error y carecer de certeza, y su publicación podría confundir a la población" enfatizó la joven edil.

"En un Estado de Derecho, el Acceso a la Información Pública debe estar garantizado, siendo el mismo libre y gratuito. Lamentablemente, no es la primera vez que el Ejecutivo Municipal veta ordenanzas de estas características. En el año 2010 también fue vetada una Ordenanza de mi autoría que establecía el Libre Acceso a la Información Pública en el ámbito municipal, mediante el Decreto Nº1616.

No obstante ello, continuaré trabajando legislativamente para que los vecinos puedan ejercer realmente sus derechos. Quiero agradecer el apoyo de los demás bloques opositores que acompañaron la insistencia de la aprobación de esta ordenanza, entendiendo la importancia de la temática planteada en la norma vetada" concluyó la Dra. Paola Cano.-


 
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