La EEE Nº 501 informa a la comunidad que las personas que sufren celiaquía -una enfermedad crónica provocada por la intolerancia al gluten, que está presente en el trigo, la avena, la cebada y el centeno (T.A.C.C)- recibirán a partir de ahora cobertura por parte de obras sociales y prepagas para afrontar parte del costo de los productos alimenticios que deben consumir por indicación médica.
Así fue establecido por la Resolución Nº 407/2012 del Ministerio de Salud de la Nación, publicada en el Boletín Oficial. Según determina la norma, "las entidades alcanzadas por el Artículo 9° de la Ley 26.588 deberán brindar a cada persona con celiaquía cobertura en concepto de harinas y premezclas libres de gluten por un monto mensual de $ 215", importe que "deberá actualizarse periódicamente".
Esta medida es una respuesta a la demanda de las personas afectadas por esta enfermedad, que en el mercado las harinas que ellos pueden consumir son relativamente más caras que las convencionales, por eso tomamos una decisión que va a aliviar a las familias que deben sobrellevar este problema, y está vinculada a la reglamentación de la Ley de Celiaquía (26.588) que garantiza a los pacientes celíacos mejores estándares de calidad alimentaria y el acceso al diagnóstico y tratamiento oportuno".
La celiaquía, que en Argentina afecta a alrededor de 500 mil pacientes, es una enfermedad intestinal crónica que se caracteriza por la intolerancia al gluten, una proteína que se encuentra en el trigo, la avena, la cebada y el centeno (T.A.C.C). Se trata de una afección hereditaria y autoinmunitaria que debilita la capacidad del intestino para absorber los nutrientes en forma adecuada, provocando síntomas intestinales, retraso de crecimiento en niños, retraso del desarrollo y de la pubertad y talla baja, entre otras afecciones.
La resolución establece que tanto las obras sociales como las empresas de medicina prepaga podrán establecer las maneras en las que darán cumplimiento a la misma.
La medida se justifica en el hecho de que la reglamentación de la Ley 26.588, a través del Decreto 528/11, obliga a las entidades mencionadas a brindar una cobertura a sus afiliados del 70 por ciento de la diferencia del costo de harinas y premezclas libres de gluten de aquellas que sí lo poseen.
De esta forma la EEE N° 501 adhiere a esta resolución con el fin de acompañar a las familias y alumnos y concientizar a la comunidad en general sobre esta enfermedad con el fin de mejorar la calidad de vida de los mismos.
Fuente: M.S.



