En lo que va del año la municipalidad ha organizado diferentes espectáculos artísticos por lo cual se gasto y se gasta mucho dinero tanto de Nación, de Provincia y Municipal. Pero primero es lo primero y es por eso que en los primeros días de mi gobierno gestionare y pondré en marcha la construcción de la escuela de ARTE.
Que la Escuela de Arte, del distrito de Campana, no cuenta, con edificio propio para el desarrollo pleno de todas sus actividades pedagógicas, administrativas, comunitarias y. Considerando: Que en la actualidad la Escuela de Arte, funciona en las instalaciones de la Escuela Nº7 cita en calles Estrada y Paso y su Anexo cito en las calles Liniers y Berutti.
Que en el Plan de Estudio de las diferentes carreras, hay materias de una misma carrera que se dictan en ambas sedes, implicando esto el traslado de alumnos, docentes y personal administrativos de un edificio al otro, con los riesgos eventuales que esto conlleva.
Que ninguna de ambas sedes reúne las condiciones óptimas de habitabilidad y seguridad para el desarrollo académico de una Escuela de Arte (como ser: aula especifica para música, grabado, escultura, pintura, etc.)
Que la Escuela de Arte de éste distrito, en la actualidad cuenta en su matricula con alumnos provenientes de ciudades cercanas a nuestra localidad tales como Zarate, Baradero, San Pedro, Garin, Escobar, etc., un edificio propio con todas las comodidades elevaría aun más el prestigio académico que ofrece la enseñanza artística de la escuela. Por lo tanto este será uno de mis primeros decretos.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CAMPANA
DECRETA
ARTICULO 1* - Constrúyase en el ámbito del municipio de Campana el edificio de la Escuela de ARTE.
ARTICULO 2* - En cumplimiento del objeto descripto en el articulo 1*, revisar el Expediente N* 5833-128745/06, con la misión de supervisar el estado en que se encuentra dicho expediente.
ARTÍCULO 3* - Para el cumplimiento de las funciones indicadas en el articulo precedente, Concejales de la Comisión de Cultura de los diferentes bloques conjuntamente con el centro de estudiantes y los docentes realizaran el seguimiento y cumplimiento de las etapas proyectadas.
ARTICULO 4*- En caso de vencimientos de los plazos de las diferentes etapas ya proyectadas, quienes se mencionan en el articulo 3*, reprogramaran las mismas y verificaran el cumplimiento del nuevo calendario de construcción
ARTICULO 5* - El presente Decreto, será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 6* -- Regístrese, comuníquese, notifíquese, desde al Boletín Municipal, y archívese.
Contamos con un presupuesto municipal de 189 millones y un fondo educativo de 2 millones con el que este proyecto es realizable y posible.
DURANTE LA PRIMER ETAPA SE LE ENTREGARA A CADA ALUMNO Y DOCENTES DE LA ESCUELA DE ARTE NETBOOKS.
BUENA GENTE BUEN EJEMPLO
WWW.FACEBOOK.COM/ESPOSIBLECAMPANA - LAVALLE 513.



