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» Este artículo corresponde a la Edición del martes, 13/jul/2010 de La Auténtica Defensa.

Cazador presentó dos proyectos de resolución
adhiriendo a una iniciativa para modificar la ley orgánica de municipios y la Constitución Provincial






 El presidente del HCD presento los dos proyectos en la última sesión.

El presidente del Concejo Deliberante, Carlos Cazador presentó en la última sesión del HCD, dos proyectos de resolución adhiriendo a sendos proyectos de reforma de la Ley Orgánica de Municipalidades y a la constitución provincial.

Se trata de dos proyectos de ley presentados por el diputado provincial de la Coalición Abel Miguel, que están siendo analizados desde hace unos meses en la legislatura provincial.

El primero de los proyectos plantea reformas en la ley Orgánica de las Municipalidades incorporando el concepto de autonomía y dotando al Concejo Deliberante de la posibilidad de dictar "normas de carácter general y obligatorias denominadas ordenanzas, las cuales serán consideradas ley en sentido formal y material".

"El reclamo de autonomía municipal tiene como antecedente inmediato el proyecto de reforma constitucional del año 1990 en la provincia de Bs. As. y en la totalidad de los foros municipales, académicos, políticos y jurídicos.

El propósito de esta iniciativa es propender a una ley marco que otorgue mayores competencias y capacidades de ejecución de políticas de gobiernos locales. Es por ello que, se propone pasar de un modelo reglamentarista a una ley más amplia donde el nuevo rol de los municipios en la provincia deba adecuarse a las pautas de funcionamiento en relación con sus propias realidades, historia, valores e identidades".

El segundo proyecto, plantea modificaciones en la Constitución bonaerense, también tendientes a aumentar la autonomía de los municipios: "No hay posibilidad de desarrollo local ni de crecimiento del interior sino se reconoce a los gobiernos locales las potestades propias para resolver y decidir sobre las cuestiones que tienen que ver con su propio futuro y crecimiento. Es decir que la principal provincia del país en muchas materias aparece como la más retrasada en lo concerniente al derecho municipal.

Situación que en algún aspecto revela no solo un distanciamiento de la realidad política de la Nación, sino lisa y llanamente un incumplimiento de las normas constitucionales, a tenor del nuevo artículo 123 de la Carta Magna nacional.

En el proyecto proponemos atenuar el sistema de municipio partido adoptando el sistema denominado municipio-distrito, por el cual se permite que los vecinos de las localidades que no son cabecera de partido puedan elegir sus propias autoridades, evitando los históricos enfrentamientos entre los núcleos poblacionales que no pertenecen a la ciudad cabecera".


 
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