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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 09/may/2010 de La Auténtica Defensa.

Certificación de discapacidad en pacientes con esclerosis múltiple. Disposición
Por Dra. Silvina Cotignola




 

1208/2009.

Amigos… he decidido dedicarme esta semana a quienes padecen una enfermedad conocida pero no demasiado, cuya certificación mediante el Certificado de Discapacidad los habilita al goce de derechos que la normativa de fondo tiene reservada para el sector. Es así, que el pasado 20 de mayo de 2009 el Servicio Nacional de Rehabilitación aprobó la normativa por la cual se dispuso la certificación de discapacidad de pacientes afectados de esclerosis múltiple.

Es este servicio quien determina en qué casos corresponde extender el certificado de discapacidad a este colectivo. Por ello…la Señora Directora del Servicio Nacional de Rehabilitación dispone: Art. 1º "Apruébase la normativa para certificación de discapacidad en pacientes con esclerosis múltiple que como anexo I pasa a formar parte integrante de la presente".

¿Qué es la esclerosis múltiple? Es la enfermedad desmielinizante de probable etiología autoinmune más frecuente, caracterizada por episodios de desmielinización en el sistema nervioso central, que conlleva inexorablemente a una discapacidad progresiva. Actualmente se reconocen cuatro formas de presentación: 1- EM con recaídas y remisiones: es la forma más frecuente (se da en alrededor del 80% de los casos), se caracteriza por episodios de brotes con recuperación completa al inicio de la enfermedad. Con el avance de la enfermedad las recaídas suelen dejar déficit neurológico. La edad promedio del inicio de los síntomas es a los 29 años. 2- EM primaria progresiva: comienza en edades más avanzadas, aproximadamente a los 40 años, y se caracteriza por un empeoramiento gradual. No es precedida ni seguida por brotes, aunque pueden observarse períodos de estabilización. 3- EM secundaria progresiva: se presenta al inicio como la forma nº 1 y con el tiempo se observa un gradual empeoramiento de la discapacidad con ocasionales recaídas y/o períodos de estabilidad. 4- EM progresiva con recaídas: se caracteriza por la progresión de la discapacidad desde el inicio de la enfermedad con recaídas sobrevinientes, cuya recuperación puede ser total o parcial.

La EM es una enfermedad potencialmente discapacitante, por lo cual es necesario utilizar una escala como método para cuantificar la discapacidad en los pacientes que la padecen. La escala de estado de discapacidad (EDSS) se obtiene de la evaluación del estado funcional del paciente realizada por un médico especialista en neurología. Esta, evalúa a las personas con esclerosis múltiple plenamente ambulatoria (score del 1.0 al 4.5) y a las personas que presentan deterioros de la deambulación (del 5.0 al 9.5).

Para certificar la discapacidad en pacientes con esclerosis múltiple se requiere: 1- Certificado original expedido por médico especialista en neurología donde deberá constar: el diagnóstico completo, forma de presentación, el grado de discapacidad según la escala de EDSS y estado actual. 2- Estudios médicos complementarios tales como: resonancia nuclear magnética de columna y cerebro con y sin gadolinio, potenciales evocados visuales y bandas oligoclonales en líquido cefalorraquídeo. 3- Comparecencia personal del paciente el día de la junta médica. 4- Presentar D.N.I / C.I. / L.E / L.C. original.

En síntesis, el Certificado de Discapacidad se extenderá a todos aquellos pacientes con diagnóstico de esclerosis múltiple que presenten según la escala de EDSS un grado de discapacidad mayor o igual a 2.

Amigos…. Es importante conocer estas disposiciones normativas, pues a través de ellas, podemos orientarnos hacia la mejor y mayor optimización de los recursos legales que nuestro ordenamiento jurídico pone a nuestro alcance. Por todo ello los sigo invitando a "EJERCER SUS DERECHOS PORQUE NO SON MEROS PRIVILEGIOS". DRA. SILVINA COTIGNOLA, ABOGADA ESPECIALIZADA EN DISCAPACIDAD Y FAMILIA. smlcoti@ciudad.com.ar


 
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