Esta semana he decidido abordar una temática por demás confusa y ciertas veces controversial. Puntualmente me refiero al financiamiento de determinadas circunstancias que son consecuencia directa e inevitable cuando nos toca atravesar eventos traumáticos, como por ejemplo, la DISCAPACIDAD, el SIDA, la DROGADEPENDENCIA, etc.
Hay que saber en principio, que todos los trabajadores que prestan servicios en relación de dependencia, ya sea en el ámbito privado o en el sector público, empresas y sociedades del estado, con una porción de su aporte personal y de las contribuciones de su empleador conforman el fondo solidario de redistribución. Este fondo solidario de redistribución se utiliza, entre sus tantas aplicaciones, como mecanismo de apoyo financiero a las obras sociales para la cobertura de prestaciones médicas especiales de baja incidencia y alto impacto económico. Dichos apoyos son realizados a través de un organismo descentralizado de la administración pública nacional, que funciona en jurisdicción del ministerio de salud, el cual cuenta con personería jurídica propia y un régimen de autarquía administrativa, económica y financiera. Este organismo es la ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES, el "APE". Su objetivo principal radica en satisfacer, en forma justa y equitativa, los pedidos realizados por las obras sociales a fin de financiar la cobertura de estas prestaciones de alto impacto económico originadas en la atención de enfermedades de baja incidencia. Asimismo, complementa su objetivo con el desarrollo e implementación de programas de detección y/o prevención de patologías de alto impacto económico y de aquellas que, por sus características, demanden una atención prolongada en el tiempo. En base a esto, las obras sociales pueden realizar solicitudes para el apoyo económico a través de subsidios y/o reintegros sobre las patologías que afecten a sus beneficiarios y que se encuentren contempladas dentro de lo que establecen las normativas vigentes. En consecuencia, es responsabilidad del organismo realizar controles sobre la documentación aportada por los agentes del seguro de salud, previo al pago de los reintegros. De la misma manera, en el caso de los subsidios, una vez entregado el monto acordado para cubrir la prestación médica se verificará si el gasto rendido por el agente del seguro de salud se corresponde con el subsidio otorgado. Mediante esta función de control el APE completa sus objetivos institucionales respecto de lo previsto por la ley 23.661.
La ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES está dirigida por un Gerente General designado por el Poder Ejecutivo Nacional. Completa el cuadro de dirección la Gerencia de Control de Gestión, y la Gerencia de Prestaciones.
¿Qué patologías cubre este organismo? 1- amputaciones traumatológicas, 2- cardiovasculares, 3- digestivas, 4- discapacidades, 5- drogadependencia, 6 endócrinas, 7- grandes quemados, 8- hematológicas, 9- hiv/ sida, 10- infecciosas, 11-neurológicas, 12- óseas, 13- pulmonar, 14- renal, 15- trastornos auditivos, 16- urinarias.
ALTA COMPLEJIDAD: dentro de esta nomenclatura se incluye la variedad de prótesis traumatológicas y cardiovasculares. Las prótesis traumatológicas mas frecuentes son las de reemplazo total de la cadera y de la rodilla, los sistemas de instrumentación de columna y los materiales de osteosíntesis. El progreso tecnológico incesante ha generado nuevos implantes, como los cages intersomáticos para columna cervical o los discos artificiales para reemplazo discal con conservación de la movilidad. Las prótesis cardiovasculares más utilizadas son las válvulas cardíacas (mitral o aórtica) mecánicas o biológicas, las prótesis vasculares, los stent coronarios y periféricos y los cardiodesfibriladores. Aquí también, la tecnología ha aportado novedades, como los stent liberadores de drogas o las endoprótesis aórtica autoexpandible. Por último se cubren las embolizaciones selectivas de vasos con coils, la radioneurocirugía cerebral, los sistemas de derivación ventrículoperitoneal, los implantes cocleares, los esfínteres urinarios externos y los respiradores externos de presión positiva - negativa. Todos los elementos mencionados se gestionan ante el APE mediante la modalidad del reintegro y son los que mayor impacto económico representan a las obras sociales en esta materia.
Dra. Silvina Cotignola.
Abogada especializada en Familia y Discapacidad.
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