Ya que la ordenanza 4015/00 por la cual se adjudicó a la firma GMS S.A. la licitación pública Nº 1/2000 para la contratación del servicio de optimización, control y seguimiento de la recaudación de las tasas municipales, su procesamiento y la automatización del Juzgado Municipal de Faltas.
En el que el artículo 3º de la referida Ordenanza deja establecido que el Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos correspondientes, los gastos que demande este servicio.
En la licitación GMS S.A quedó, entre las dos firmas oferentes, como única, en razón que no se dio lugar a la apertura de la oferta de la empresa licitante (COINCE) por haber incurrido ésta en faltas en cuanto a la presentación de la documentación correspondiente.
Posteriormente la empresa CAPESA impugno el acto licitatorio.
La Dirección de Asuntos Legales Municipal desestimó la referida impugnación.
La junta de Estudios y Adjudicaciones manifestó que la oferta de GMS S.A resultaba conveniente a los intereses municipales.
Es por ello que se solicita, al Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría correspondiente quiera a bien:
Adjuntar copia del contrato entre el Municipio y la empresa GMS S.A.
Informar, desde el inicio del contrato hasta la fecha, la cantidad de tramitaciones realizadas, el monto original de las deudas municipales gestionadas por GMS S.A. con más intereses y recargos aplicados; métodos y modos de apercibimiento; facilidades ofrecidas, resultados logrados individualizados; costos y beneficios para el erario municipal y cartera actual pendiente en poder de GMS S.A
Informar, además, la estadística entre los montos anuales al cobro por parte del Municipio a lo largo del contrato, ya sea por utilización de espacios físicos, de bienes muebles, de insumos, de energía eléctrica, de telefonía, de franqueo, etc. y eventualmente, de personal municipal y/o movilidad, y si dichos costos fueron evaluados y acertadamente presupuestados.



