La Comisión Directiva de SUTEBA CAMPANA informó con respecto al acto del 25 de Mayo que DGCYE pretendía que se hiciera el mismo 25 y comentaron que el SUTEBA realizó una presentación y en respuesta a esto la DGCYE definió a través de la Resolución 1370/09, que los actos conmemorativos correspondientes a las fechas patrias 25 de mayo y 9 de julio podrán realizarse, optando en el marco del proyecto educativo de cada establecimiento, en el día de la fecha con apertura a la comunidad o el día hábil anterior en 2 hs de clase.
Por lo tanto se podrá realizar el día 22 de mayo.
El fundamento del SUTEBA fue que todo trabajador cuando trabaja un día feriado el pago es doble, ante esto fue la resolución que sacó DGCYE.



