Buenos Aires, (NA) -- Las compañías de Seguros de Retiro abonarán la parte correspondiente al sistema de capitalización de las Rentas Vitalicias Previsionales de diciembre, así como el medio aguinaldo, en las fechas y lugares habituales.
En tanto, el componente público de los beneficios (PBU, asignaciones familiares y PC) que paga la ANSeS, estará disponible a partir de mañana 5 de enero, en las mismas entidades, según la instrucción recibida por la Superintendencia de AFJP.
Adicionalmente, la Ley 26.425, además de disponer la unificación del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones en un Régimen Previsional público único (SIPA) y, por consiguiente, la eliminación del Régimen de Capitalización, establece que los contratos de Renta Vitalicia Previsional con las compañías de seguros de retiro continúen inalterados.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la mencionada ley, el Decreto 2.104/2008, reglamentario de la Ley 26.425, establece que el pago unificado de las prestaciones de quienes perciben junto a su Renta Vitalicia Previsional prestaciones provenientes del Régimen de Reparto, comience a realizarse desde la ANSeS, a partir del momento que así lo determine una norma reglamentaria que emitirán de manera conjunta la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y la ANSeS.
A partir del momento señalado, ANSeS comenzará a actuar como Agente de Pago de las rentas, para lo cual las compañías de seguros de retiro girarán mensualmente los fondos correspondientes.
Hasta que eso ocurra, el pago de las mismas continuará realizándose de manera desdoblada, como ha ocurrido con el mensual diciembre de 2008.
A partir de Nuevo Régimen Previsional público único (SIPA) todas aquellas personas que desearan efectuar algún requerimiento o reclamo respecto de sus prestaciones de Seguridad Social, deberán gestionarlo ante la ANSeS.



