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» Este artículo corresponde a la Edición del viernes, 03/ago/2007 de La Auténtica Defensa.

Varela solicitó reformas al régimen penal para menores




La Comisión Interministerial creada por la Ley provincial Nº 13.298, de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, que preside el ministro de Desarrollo Humano bonaerense, Jorge Varela, se dirigió a los legisladores nacionales que representan a la Provincia, instando a que reformen la Ley Nº 22.278 que establece el "régimen penal de la minoridad". Solicitó que la reemplacen por una legislación sobre responsabilidad penal juvenil que se adecue a los principios de la "Convención Internacional sobre los Derechos del Niño".

En la carta que lleva la firma de Varela; del jefe de Gabinete provincial, Mario Oporto; la subsecretaria de Promoción y Protección de los Derechos del Niño, Cristina Tabolaro, los integrantes de la Comisión señalan que "esta nueva legislación deberá asegurar que los adolescentes a quienes se impute la comisión de un delito tengan asegurado un juicio en que se les reconozcan plenamente las garantías constitucionales y, sobre todo, que instaure un sistema de sanciones que tenga en cuenta su edad y la importancia de promover que el adolescente que ha sido declarado culpable de transgredir la ley penal, se reintegre a la sociedad y asuma una función útil en ella".

La citada Comisión se encuentra integrada por los representantes de los ministerios y las secretarías del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires que se ocupan de cuestiones vinculadas con la niñez y la adolescencia. La Ley Nº 13.298 le encomienda coordinar las políticas para asegurar el goce pleno de los derechos de los niños y optimizar los recursos del Estado provincial dedicados a la infancia y a la adolescencia.

El organismo considera que la Legislatura puso en línea la legislación provincial con la sanción de la Ley Nº 13.298, que crea el Sistema de Promoción y Protección de los Derechos del Niño y de su complemento, la Ley Nº 13.634, que regula la actuación de la Justicia de Familia y del Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil.

Esta última norma instaura un procedimiento para juzgar a las personas menores de 18 años a las que se les imputa la comisión de un delito que respeta las garantías constitucionales, con la incorporación de los jueces de garantías, los jueces de responsabilidad penal juvenil y fiscales y defensores especializados.

También estableció plazos acotados para el período de investigación previo al juicio. Además, señala nuevas medidas que puede disponer el juez o el Tribunal a los menores a los que se encuentre responsables de conductas delictivas.

Entre esas disposiciones, se cuentan la orientación y el apoyo socio-familiar; la obligación de reparar el daño; la prestación de servicios a la comunidad; la imposición de reglas de conducta; la libertad asistida; el régimen de semilibertad y la privación de la libertad en institutos especializados para adolescentes. Esta medida se utilizará, de acuerdo con lo que establecen las reglas internacionales de derechos humanos, sólo como último recurso y por el más breve tiempo posible.

El organismo provincial considera que la nueva legislación tiene muchas limitaciones para su aplicación mientras no se cambie la normativa nacional. Esta ley, sancionada en 1980, se guía por los criterios del patronato, que permite a los jueces de menores internar a los adolescentes por evaluar que se encuentran "en peligro moral o material". Afirma para los jóvenes el mismo tipo de sanciones que para los adultos, es decir la privación de la libertad. Es por ello que reclama su urgente cambio.


 
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