Desde el 1º de Agosto, ANSES informa la puesta en marcha de la JUBILACIÓN AUTOMÁTICA PARA TRABAJADORES AUTÓNOMOS, que beneficiará a trabajadores cuyos aportes hayan sido realizados como autónomos, como así también a aquellos que, en el marco de la Moratoria Previsional lanzada por el Gobierno Nacional, hayan acreditado años sólo en esa condición.
De esta manera, ANSES brindará desde agosto la posibilidad a miles de trabajadores de gestionar su beneficio previsional automática a través de su página web, sin tener que concurrir a una de sus oficinas, o bien, a intermediarios o gestores para realizar el trámite.
Se trata de un significativo avance en la gestión de beneficios en materia previsional, sin precedentes en América Latina, que les facilita a los ciudadanos el acceso a prestaciones y servicios de la seguridad social, gracias a la utilización de las nuevas herramientas tecnológicas hoy disponibles por parte de un organismo público como ANSES.
La jubilación automática para trabajadores autónomos podrá gestionarse las 24hs del día, desde cualquier computadora con acceso a Internet, ingresando a www.anses.gov.ar a la sección "JUBILACIÓN AUTOMÁTICA AUTÓNOMOS PUROS".
A partir de esta gestión, ANSES podrá verificar automáticamente los datos necesarios para poder otorgar la jubilación de autónomos, sin necesidad de que el beneficiario concurra personalmente a las oficinas del organismo para gestionar su trámite, ahorrando tiempo y dinero al futuro beneficiario.
"Es un nuevo servicio que damos desde ANSES, demostrando que el Estado también puede liderar un proceso tecnológico y entablar una nueva relación con el ciudadano", señaló Sergio Massa, Director Ejecutivo de ANSES. Informó además que se están capacitando miles de centros de jubilados en todo el país que cuentan con computadora en sus sedes, con el fin de brindar la posibilidad de acceso a Internet, así como la de asesorar a sus pares.
Pasos a seguir
Ingresar a la dirección www.anses.gov.ar, - Autopista de Servicios - "Jubilación Automática para trabajadores autónomos" y responder a las consignas que en la misma se encuentran.
IMPORTANTE:
Antes de gestionar la jubilación por Internet deberá haber realizado la liquidación de su situación como trabajador autónomo puro a través del SICAM (www.afip.gov.ar).
Si el trabajador accede a la Jubilación a través de la Moratoria Previsional, deberá contar además de la liquidación del SICAM, con la 1º cuota del plan de cuotas convenido con AFIP para la regularización de su situación, y poder así acceder a la jubilación.
Para que la gestión del trámite se realice sin inconvenientes, es imprescindible que ANSES cuente con todos los datos del trabajador de forma correcta en su sistema. Por tal circunstancia el trabajador previamente deberá verificarlo, ingresando a la web de ANSES, Autopista de Servicios al botón "Consulta de Datos Personales". Si de dicha consulta surge que ANSES no posee información de ese trabajador, el mismo deberá concurrir con su DNI, sin turno previo, a la delegación de ANSES más cercana y realizar el trámite en el momento, para poder nuevamente ingresar a la página mencionada
Una vez completada la información desde la web de ANSES, deberá presionar el botón "ENVIAR" y de manera automática ANSES verificará en su sistema y comenzará la gestión de la jubilación. Luego podrá imprimir desde allí mismo la constancia del inicio de su trámite.
Semanas después, ANSES enviará una notificación al domicilio informado sobre el monto de la jubilación a percibir, el detalle de la liquidación efectuada, el día y la entidad bancaria más cercana en la que podrá cobrar su beneficio previsional.
Los trabajadores quedan exceptuados de acceder a la Jubilación Automática de Autónomos cuando:
" Tengan el trámite que pretende efectuar por Internet ya iniciado en una delegación de ANSES.
" Declaren servicios como trabajador en relación de dependencia.
" Hayan optado en SICAM por la Moratoria 592/79 o Ley 24476 texto según decreto1454/05.
" Posean liquidada una DEUDA PARCIAL, en SICAM.
" Incorporen en la liquidación SICAM boletas a validar.
" Soliciten Prestación por Edad Avanzada, Retiro Transitorio por Invalidez, Retiro Definitivo por Invalidez, Minusválidos y Prestación Anticipada por Desempleo (ART. 2º).
" Trabajadores autónomos y monotributistas que hubieran aportado en dos actividades simultáneas.
" Soliciten su prestación por aplicación de Convenios Internacionales y/ o Tratados de Reciprocidad, estén incluidos en convenios de Corresponsabilidad (Productor Cañero) (110/138).
" Residan en el extranjero.
JUBILACIÓN AUTOMÁTICA DE AUTÓNOMOS SE SUMA A LA PENSIÓN, TODO POR INTERNET
Desde diciembre del 2005, el trámite para cobrar una pensión por el fallecimiento de una persona ya jubilada es automático. De esta manera, unas 4 mil personas por mes hoy acceden a la pensión derivada a través de la página web de ANSES, sin que el cónyuge o conviviente, tengan que concurrir a la delegación de la ANSES o contratar un gestor en tal difícil momento.
La medida pudo implementarse al contar ANSES con todos los datos del jubilado y sus familiares (cónyuge, conviviente o hijos), y disponer electrónicamente de la base de datos de las personas fallecidas. De esa manera, cuando el familiar solicita, por teléfono o por Internet, el cobro de la pensión, en el acto el sistema verifica si los datos del fallecimiento del beneficiario y el vínculo familiar son correctos y aprueba el beneficio, determinando la fecha y el lugar del pago.
UNOS 124 MIL ARGENTINOS YA ACCEDIERON A LA JUBILACIÓN POR MORATORIA PREVISIONAL
ANSES informa que unas 124 mil personas ya tramitaron una cobertura previsional tras haberse adherido a los planes de moratoria promovidas por el Gobierno nacional, lo que significa que 124 mil argentinos que quedaban fuera del sistema de seguridad social hoy están incluidos, tras la posibilidad de regularizar su situación ante el fisco.
Existen dos moratorias vigentes: La prevista por la Ley 25.994, artículo Nº 6, que alcanza a todos aquellos titulares que cumplan la edad jubilatoria al 31 de Diciembre de 2004 y también alcanza a la Ley 24.476 (Modificada por el Decreto 1454/05), que permite completar períodos hasta setiembre1993, al momento de cumplir el requisito de edad para solicitar el beneficio, siendo una moratoria de carácter permanente y sin vencimiento.
Esta moratoria también permite preparar la jubilación a los que les faltan años para obtener la edad jubilatoria mínima y no llegan a los años de aportes requeridos. Por ejemplo, una mujer de 58 años que tiene 15 años de aportes. Si sigue trabajando, al cumplir los 60 años tendrá 17 años aportados, pero en ese momento le faltarían 13 años de aportes para cumplir con el requisito de 30 años aportados. En ese caso podría ahora completar los años faltantes por los períodos anteriores a septiembre de 1993, de modo que al cumplir los 60 años ya cuente con los 30 años de aportes.
IMPORTANTE: ANSES informa que desde este mes (julio de 2006), las cuotas de las moratorias de las personas que accedieron a su jubilación a través de las mismas serán descontadas de sus haberes, a través del nuevo Régimen de Regularización Voluntaria, evitando que el beneficiario deba dirigirse hasta el banco para abonarla.
Se recuerda que en el caso de los adheridos a la moratoria con aportes de autónomos únicamente, podrá solicitar la jubilación desde agosto



