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» Este artículo corresponde a la Edición del viernes, 25/jun/2004 de La Auténtica Defensa.

Kirchner firmó 67 decretos de necesidad y urgencia en su primer año, tres más que Menem en el mismo período




Buenos Aires, (NA)- El presidente Néstor Kirchner firmó durante el primer año de su gobierno 67 decretos de necesidad y urgencia (DNU), tres más de los que Carlos Menem había firmado en el mismo período y 29 por encima de Fernando de la Rúa, según un relevamiento realizado por el Centro de Estudios para Políticas Públicas Aplicadas.

En ese sentido, se indicó que hasta el 25 de mayo pasado, fecha en que se cumplió un año exacto de mandato, Kirchner llevaba firmados 67 decretos de necesidad y urgencia, contra 64 que había firmado Menem y 38 de De la Rúa.

En tanto, de acuerdo con lo señalado por el trabajo, el ex presidente Raúl Alfonsín había firmado 10 decretos del mismo tipo durante todo su mandato.

En sus primeros doce meses de gobierno, Kirchner además envió 72 proyectos de ley al Congreso, aunque 24 de ellos estuvieron referidos a la aprobación de tratados y acuerdos internacionales, cuya ratificación parlamentaria es un procedimiento obligado y de rutina.

Los 48 casos restantes sí se refirieron estrictamente al trazado de políticas públicas, según señaló un trabajo de Delia Ferreira Rubio y Matteo Goretti, del Centro de Estudios para Políticas Públicas Aplicadas (Ceppa). «Para definir políticas públicas, el Presidente recurrió en 48 casos al Congreso, mientras que en otros 67 casos actuó por sí solo, asumiendo las facultades legislativas del Congreso a través de los DNU», señaló Ferreira Rubio, en declaraciones publicadas por un matutino porteño.

Los decretos de necesidad y urgencia, que tienen «fuerza de ley», están habilitados por el artículo 99 de la Constitución reformada en 1994, que plantea que «solamente» pueden ser dictados «cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos constitucionalmente para la sanción de las leyes».

Establece además, que no pueden referirse a «normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos».


 
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