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» Este artículo corresponde a la Edición del domingo, 02/sep/2018 de La Auténtica Defensa.

UV +Campana:
Podría estar en riesgo la recaudación de Tasa de Seguridad e Higiene en Campana




Asi lo manifestó la UV Mas Campana. Es a raíz de un fallo reciente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el órgano dictaminó que los municipios no pueden cobrarle el tributo a empresas que no tengan establecimientos en sus ciudades.

El concejal de la UV Más Campana Axel Cantlon y sus colaboradores en materia económica, Guillermo Cozzo y Alexis Twyford, manifestaron su preocupación ante el fallo de la Corte Suprema de Justicia que resolvió que no deben pagar Tasa de Seguridad e Higiene aquellos que no tengan establecimiento en la ciudad.

"Hace unas pocas semanas se conoció una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación donde se hace lugar a un planteo hecho por una empresa frente a la Municipalidad de Merlo, dado que se le había solicitado el pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene cuando la empresa no tiene establecimiento físico en el distrito", explicaron desde el equipo económico vecinalista en un comunicado de prensa.

"Es conocido como los municipios en general han abusado en la aplicación de la Tasa de Seguridad e Higiene, cobrando a empresas que no tienen establecimiento en sus respectivas ciudades, para aumentar el número de contribuyentes y la recaudación. Campana no es la excepción, también lo hace", añadieron.

Para la UV Más Campana, "si la empresa no tiene establecimiento en el distrito, el Municipio no puede inspeccionarla y por lo tanto no le puede cobrar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene".

"Cuando en el año 2016 se redactaron las ordenanzas Fiscal e Impositiva (que le costaron cerca de $1 millón de pesos al Municipio), nuestra agrupación ya había señalado la preocupación porque las normas no contenían soluciones a varios problemas estratégicos e importantes, cómo el caso de la Imposición de Tasa de Seguridad e Higiene. Por supuesto que no se hizo ningún cambio relevante, lo que mantuvo el problema que ahora se revela con el fallo de la Corte", afirmaron.

La UV Más Campana apuntó entonces contra el exsecretario de Hacienda municipal Miguel Ibarra, quien "no tuvo la voluntad y pericia suficiente, ni tampoco aprovechó el pago de cuantiosos honorarios a terceros, para solucionar este problema complejo y dejar una norma moderna para Campana que permita generar recursos para el Municipio sin incurrir en conductas discutidas en la Justicia".

"Es fundamental que el Municipio ponga en conocimiento urgente del Concejo Deliberante, el volumen de recaudación que pudiera estar en riesgo y cuál es la solución definitiva a este problema. Las herramientas las tiene, falta voluntad", concluyeron.

Monotributistas exentos

Una práctica habitual de los monotributistas que prestan servicios sin una base física de operaciones, es solicitar mediante una carta presentada en la Mesa de Entradas la exención de la Tasa de Seguridad e Higiene. Si el Municipio constata la veracidad del pedido, da luz verde para que el contribuyente puede ahorrarse el pago del impuesto.


Foto: Archivo.

 
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