BUENOS AIRES, (AIBA-Infosic). El Gobierno publicó ayer en el Boletín Oficial la ley de reforma del régimen de monotributo, que incluye una moratoria para los pequeños contribuyentes y una simplificación del impuesto, como parte del denominado paquete antievasión que impulsa el Poder Ejecutivo.
Además, se creó la figura del contribuyente eventual, que abarcará a quienes facturen hasta 12 mil pesos anuales y que deberán tributar el cinco por ciento de su facturación.
A partir de esta reforma, las cuotas de la mayoría de las categorías de monotributo aumentarán dos pesos mensuales, por el incremento de la misma cifra en el aporte al sistema de salud.
En este sentido, los monotributistas podrán elegir entre aportar este porcentaje al sistema de salud sindical o el privado.
Estos son los principales puntos de la ley 25.865 publicada hoy:
- Se establece una tabla de cinco categorías de los ingresos (entre 12 mil y 72 mil), según superficie del lugar afectada al negocio (20 metros cuadrados hasta 85 metros cuadrados).
- Rige para los prestadores de servicios (profesionales, artesanos, plomeros, electricistas, lustrabotas).
- En esta tabla, el monotributo que fija el proyecto y reemplaza a impuestos a las Ganancias e IVA que le correspondería a ese contribuyente va desde 36 pesos hasta 210 pesos mensuales.
- También hay una tabla con ocho categorías de ingresos desde 12 mil hasta 144 mil pesos (superficie afectada desde 20 metros cuadrados hasta 200 metros cuadrados y consumo de energía anual desde 2 mil kilovatios hasta 20 mil kilovatios), pequeño agricultor, fabricante de escobas o de baterías, entre otros.
- En esta tabla, el monotributo mensual a pagar va desde 36 pesos hasta 510 pesos.
- Se elimina la figura del responsable no inscripto.
- Se excluye del régimen los negocios importadores.
- También se excluye a quienes tengan más de tres actividades simultáneas.
- Se faculta al PEN a modificar las escalas hasta un 10 por ciento y también a fijar retenciones o percepciones del Monotributo por parte de grandes contribuyentes.
- Se elimina la posibilidad al empleador de pagar Monotributo por sus empleados.
Debe aportar como todos los empleadores mensualmente y únicamente al régimen público.
- El aporte de los autónomos es de 35 pesos mensuales. Sólo los pequeños contribuyente autónomos pueden optar por el sistema privado de capitalización previsional. Y en este caso pagan 33 pesos mensuales, además de los 35 pesos.
- Se crea la figura el pequeño contribuyente eventual y se elimina la figura del pequeño contribuyente agropecuario.
- Eventuales son aquellos que tengan ingresos estacionales o eventuales menores a 12 mil pesos anual o menos de mil para ambulantes.
- Se soluciona el conflicto e inseguridad jurídica que tienen los profesionales que tuvieren ingresos anuales menores tuvieren ingresos anuales menores a 36 mil pesos y optaron por mantener la calidad de responsable no inscripto en el IVA.
- Este punto elimina la inseguridad jurídica generada por el fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia, que dio como válido el procedimiento adotado por los contribuyentes.



